Madre, familia y derecho penal

La dramaturga inglesa Agatha Christie escribió en su momento, sobre la madre, lo siguiente: ‘El amor de una madre por un hijo

La dramaturga inglesa Agatha Christie escribió en su momento, sobre la madre, lo siguiente: ‘El amor de una madre por un hijo no se puede comparar con ninguna otra cosa en el mundo. No conoce ley ni piedad, se atreve a todo y aplasta cuando se le opone.’

Luego de leer estas líneas, recordé el nacimiento de mi hija, desde el momento en que recibí la noticia de mi embarazo, pasando por el alumbramiento, hasta el día de hoy, e inmediatamente nos pusimos en contexto con las palabras de la escritora y como penalista me ubiqué en la función trascendental de la madre en la familia y de ésta última, en su papel determinante a nivel de factor criminógeno externo para la comisión de una figura delictiva.

Es decir, tanto criminólogos como penalistas coinciden en el hecho de identificar a la familia como una causa determinante al momento de llevar a cabo un delito, tanto es así, que el código penal panameño, en su artículo 79, Capítulo V (Aplicación e Individualización de las penas), Título III (Penas), Libro I (La Ley Penal en General), le establece al juez, los aspectos tanto objetivos como subjetivos los cuales deben ser tomados en cuenta al momento de dictar su sentencia y, dentro de estos, podemos ubicar en el numeral 7, lo siguiente: …. Las demás condiciones personales del sujeto activo o pasivo, cuando la ley no las considere elementos del delito o circunstancias especiales.’ De lo anterior podemos colegir lo siguiente: cuando la norma penal panameña habla sobre las condiciones personales del sujeto, está haciendo referencia, entre otras cosas, a la familia y el rol que jugaron cada uno de los padres en ella; destacando siempre la función de la madre en la familia. Aunque es importante en la familia tanto la figura paterna como la materna, esta última se constituye en la columna vertebral del hogar, ya que es ella quien enseña e inculca los valores espirituales y morales en el individuo; a diferencia del padre, quien refuerza el conocimiento del valor enseñado por la madre.

Estoy convencida como hija, madre, esposa, docente, académica y ciudadana, de la función trascendental de la mujer en su papel de mamá; no solamente en la educación de sus hijos, sino en el desarrollo de la sociedad y, por ende, del Estado. Por ello debemos convertir cada día del año, en un día para honrar a la mujer, en su oficio de mamá.

El 8 de diciembre, día que celebramos, en Panamá, a las madres, también debe convertirse en día de reflexión sobre la no violencia contra la mujer – madre y evitar la violencia doméstica hacia cualquier miembro de la familia, pero, en especial en perjuicio de la mujer – mamá.

Estimado amigo lector, qué estás haciendo tu para evitar la violencia en perjuicio de tu madre y esposa.

Le envío un efusivo saludo a todas las madres en su día, pero, en especial a mi querida madre Nilka. Te amo, mamá.