Los tipos penales y su importancia

El tipo penal es la parte de la estructura de una norma jurídica de naturaleza penal a través del cual se describe la conducta establecida como ilícita

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Es sumamente importante conocer los tipos penales existentes en nuestro país, por varias razones, entre las cuales mencionaremos las siguientes: son limitaciones a las libertades de toda persona, son la manifestación directa de la facultad sancionadora del Estado y, constituyen una forma de garantía jurídica a los derechos humanos, también identificados como bienes jurídicos. Estos aspectos se comprenden analizando en primer lugar el marco conceptual de los términos: tipos penales. El tipo penal es la parte de la estructura de una norma jurídica de naturaleza penal a través del cual se describe la conducta establecida como ilícita. Es decir, establece una prohibición directa a la sociedad, con respecto a la realización de una conducta, que de llevarse a cabo afectaría tanto a la víctima directa, como a la población en general, puesto que violentaría la paz, seguridad y orden público. Por ejemplo: el delito de asociación ilícita, está regulado en el artículo 329, Capítulo VIII (Asociación Ilícita), Título IX (Delitos contra la Seguridad Colectiva), del código penal panameño, señalando: ‘Cuando tres o más personas se concierten con el propósito de cometer delitos, cada una de ella será sancionada por ese solo hecho con prisión de tres a cinco años. El tipo penal de esta primera parte del delito citado, inicia con el adverbio cuando y finaliza con el pronombre personal neutro ella. Explicando cómo se configura el hecho punible conocido como asociación ilícita. Es decir, señalando en qué consiste la conducta ilícita, la cual, en este caso, radica en concertarse, reunirse o agruparse, con la sola intención de llevar a cabo alguna figura delictiva. Este a su vez, es un tipo penal básico, ya que no presenta ninguna condición modificadora de la responsabilidad penal. Es también, un tipo penal formal. Esto quiere decir, es sancionable el solo hecho de asociarse o reunirse con la intención clara y precisa de incurrir en la comisión de una figura delictiva, aunque la misma no se realice. Además, es considerado un tipo penal cerrado, en atención a la explicación de todos los aspectos que involucran la conducta ilícita, dentro del mismo tipo penal y no requiere un análisis externo por parte del juez.

En este mismo orden de ideas, es preciso establecer la importancia de tomar en cuenta la técnica penal legislativa acorde a la dogmática jurídica al momento de redactar los tipos penales que luego conformaran la estructura del código penal o la legislación penal en términos generales.

La redacción de los tipos penales debe ser sencilla y entendible a la sociedad en general, no solamente al abogado. Esto se explica porque el Derecho Penal constituye un sistema formal de control social y, por consiguiente, a través de este se limita el concepto de libertad de cada ciudadano en beneficio del bien común; garantizando así, bienes jurídicos como la vida, integridad personal, libertad, integridad sexual, el honor de la persona natural, el orden jurídico familiar, patrimonio económico, seguridad colectiva, la humanidad, entre otros.