Abuso deshonesto en mayores de edad
El abuso deshonesto o acto libidinoso es un delito de naturaleza sexual consagrado en el artículo 177, capítulo I (Violación y otros delitos sexuales), título III (Delitos contra la libertad e integridad sexual), del código penal panameño. Esta figura delictiva consiste en la realización, por parte del victimario o sujeto activo, de una conducta conformada por actos que implican tocamiento en sectores del cuerpo de la víctima, los cuales constituyen parte del pudor de la misma. Además, esta conducta no es consentida ni aceptada por el sujeto pasivo o víctima, ya que le hace sentir incómoda y a disgusto, puesto que se afecta con ella su e integridad sexual.
En este mismo orden de ideas, tenemos como características distintivas de este hecho punible las siguientes: no existe la penetración o acceso sexual por parte del agresor con respecto a su víctima; la víctima no ha otorgado su consentimiento para que el victimario aborde físicamente su cuerpo; se manifiesta la incomodidad por parte de la víctima ante esta situación; hay una invasión a la intimidad de la víctima materializada con la acción de sentirse tocada sin su autorización.