Delincuencia y orden económico
Todo Estado requiere regular jurídicamente el conjunto de actividades que tiene como finalidad satisfacer las necesidades de su población y, con ello, lograr que la misma progrese. Es decir, un país, tiene la obligación de establecer un orden económico a su economía, siendo una de sus fases fundamentales: la inversión tanto nacional como extranjera. Pero, debe tomar en cuenta cuán importante es lograr una política criminal eficiente la cual le permita mantener niveles de delincuencia mínimos dentro de su territorio.
Esta situación traerá consigo la tranquilidad y seguridad de los inversionistas y la satisfacción óptima de las condiciones de vida que requiere la sociedad.
Las conductas que afectan el orden económico están reguladas en Panamá, a través del Código Penal, en su Libro Segundo (de los delitos), Título VII (delitos contra el orden económico), con los Capítulos: I (delitos contra la libre competencia y los derechos de los consumidores y usuarios); Il (delito de retención indebida de cuotas); III (delitos financieros); IV (delitos de blanqueo de capitales); V (delitos contra la seguridad económica); VI (delitos contra la propiedad intelectual: Sección la delitos contra el derecho de autor y derechos conexos, Sección Za delitos contra los Derechos de Propiedad Industrial,
Sección 3a delitos contra los derechos colectivos de los pueblos indígenas y sus conocimientos tradicionales, Sección 4a disposiciones comunes; VII (insolvencias punibles); VIII (competencia desleal); IX (delitos cometidos con cheques y tarjetas de crédito); X (revelación de secretos empresariales); XI (delitos de contrabando y defraudación aduanera); y, el XII (delitos contra el tesoro nacional).
Además, de la regulación penal mencionada, es urgente en Panamá, definir otras estrategias de política criminal para prevenir y reprimir la delincuencia; por lo cual, consideramos necesario iniciar con la revisión del ordenamiento jurídico que regula las instituciones públicas encargadas de combatir la delincuencia. En cuanto a esta recomendación, creemos importante empezar por definir con mayor precisión el perfil del servidor público encargado de realizar estas actividades y llevar a cabo una investigación encubierta, tomando como referente el respeto a los derechos humanos y siguiendo los parámetros constitucionales, sobre la injerencia del crimen organizado en tales instituciones. Todo esto con la finalidad no solamente de advertir a los servidores públicos quienes trabajan en concordancia con la delincuencia organizada, sino, para disminuir los niveles delictivos actuales en el país.
Es importante identificar las causas exógenas, recuperables, las cuales son el detonante creciente de pandillas panameñas. Esto es necesario, debido a que, si no se atienden de manera integral los factores que inciden en esto último, toda estrategia implementada para prevenir su existencia será poco productiva.
Por último, señalo, sin temor a equivocarme, como uno de los principales factores del surgimiento de la pandilla: la familia y las fuertes carencias económicas para sufragar aspectos básicos de todo ser humano, como son: vivienda, alimentación, salud, entre otros. Entonces, surge nuevamente el siguiente interrogante: ¿Cuáles son las políticas públicas de política criminal diseñadas a nivel de Estado para atender estas prioridades de toda la población panameña?